sábado, 16 de mayo de 2009

Dictámen del Proyecto de Ley Nº 904/2006-CR

A continuación les presentamos el Dictámen recaído en el Proyecto de Ley Nº 904/2006-CR aprobado por unanimidad por la Comisión de Educación del Congreso de la República el 7 de abril del 2009. En él se puede ver claras modificaciones al Proyecto de Ley inicial (ese que le daba 3 puestos al AHIRSA de los 8 en la comisión organizadora del Colegio de Historiadores y tenía serios problemas de redacción y sintaxis) en un intento por corregir los escandalosos errores y sinsentidos en los que incurre el texto.


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Pero aun así este dictámen tiene problemas de fondo que son preocupantes. Si bien se menciona la importancia de la interdisciplinariedad y la comunicación con otras ciencias sociales, se trata de justificar la necesidad de un Colegio de Historiadores al llamar la atención de la existencia de otros colegios profesionales como el de sociólogos, antropólogos o arqueólogos. Lo que no se menciona es que ninguno de estos colegios tiene las atribuciones que se le pretente dar al Colegio de Historiadores según el dictámen, como "investigar, de oficio o a solicitud de parte, los actos contrarios a la ética profesional y, de ser el caso, imponer sanciones disciplinarias (...)" o "Proponer contenidos curriculares de Historia en la enseñanza pública, en toda su extensión, nivel, grado y modalidad" (Dictámen recaído en el Proyecto de Ley Nº 904/2006-CR, p. 4)

Lo primero puede ser utilizado como un mecanismo de censura y lo segundo es materia de los especialistas en educación pública, no de los historiadores (además los miembros del AHIRSA han mencionado en varios casos que su objetivo con el Colegio de Historiadores es conseguir puestos de trabajo y uno de sus objetivos es obligar a las autoridades de la UNSA a aceptarlos como profesores de historia, cosa que intentan hace varios años sin éxito). Además, según es conocido, los colegios de otras ciencias sociales en el Perú centran sus actividades en promover actividades propias de la profesión y difundir las investigaciones realizadas por sus miembros, y en la práctica no se toma en cuenta el polémico artículo que dice "la colegiación es requisito indispensable para el ejercicio de la profesión". Sobre este tema recomendamos leer el post de Martín Tanaka donde dice que felizmente ese punto para el Colegio de Sociólogos no se cumple.

Además se menciona en el Artículo 3º: "Para ser miembro del Colegio de Historiadores del Perú se requiere poseer título profesional (...)". Es decir, nuevamente se incurre en el error caprichoso de solicitar un título profesional (que no contempla los grados académicos de bachiller, magíster o doctor en historia) para poder ejercer la profesión. Miles de investigadores de ciencias afines y especialistas aficionados no podrán ni enseñar ni publicar sobre temas de historia (asumimos que esos dos puntos son, dentro de muchos otros, a los que se refiere el Artículo 2º del dictámen que menciona la "profesión de historiador", y que no se define en ningún párrafo de la ley). Ese artículo hace a la ley cerrada y excluyente para otros científicos sociales y sumamente vaga hacia las labores en la que se desempeña el historiador (que incluye bibliotecas, archivos, instituciones privadas y públicas, centros de investigación, consultoras, universidades, editoriales, ONGs, etc).

Nosotros los historiadores somos también "intrusos profesionales" en otros campos, lo que en las ciencias sociales es algo cotidiano y positivo, pues la comunicación y el intercambio en diversos espacios laborales es lo que nos hace ser profesionales competentes, modernos, actualizados, abiertos y críticos. Es un absurso plantear la regulación del "intrusismo profesional" (Dictámen recaído en el Proyecto de Ley Nº 904/2006-CR, p. 2) pues si eso se realiza nos aislaríamos como profesión y provocaría un atraso profesional. Nuestra profesión no puede estar limitada por una ley, pues la utilidad de la ciencia histórica está en casi todos los quehaceres del ser humano, por eso se le considera como una "profesión liberal" y no existe tal cosa como el "intrusismo profesional".

Finalmente, es claro que este Dictámen sigue representando a una minoría de historiadores arequipeños que no tienen mayor representación ni siquiera en los centros de investigación, colegios o universidades de su región. En la página 3 del texto, punto "2.3 OPINIONES SOLICITADAS Y RECIBIDAS" se lee que se solicitó opinión a la Asamblea Nacional de Rectores y al Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú desde el 2007, sin obtener respuesta. A continuación se lee que los particulares o representantes de instituciones que han apoyado la creación del Colegio de Historiadores son 5 personas, dos de ellas miembros al AHIRSA y el resto proviene de Arequipa (incluyendo al congresista Eguren, promotor de la ley).

Es claro que este no es un proyecto consensuado, dialogado, debatido o de interés nacional, como lo han repetido sin fundamento los miembros del AHIRSA sin mostrar pruebas de ello. Son claras también que las intenciones detrás de esta agrupación no son por velar por el buen devenir de la profesión o ahondar los lazos entre los colegas historiadores (pero sin querer lo están consiguiendo en el rechazo al Proyecto de Ley), sino por conseguir puestos de trabajo para sus miembros, sin importar las capacidades o habilidades que deben regir un sistema de competencia y meritocracia.

Como ha mencionado Martín Tanaka, la creación de un Colegio de Historiadores debe venir como colofón de un proceso de acercamiento y diálogo entre los miembros de la comunidad profesional, no a partir del interés de una minoría no representativa que busca, de modo anticonstitucional, violar los derechos fundamentales de miles de personas ligadas a la historia. Es por todo ello que seguimos en contra del Proyecto de Ley Nº 904/2006-CR y del Dictámen citado, y solicitamos al Congreso de la República que lo rechace y archive, dando una demostración de legalidad y constitucionalidad.


Jorge Luis Valdez Morgan
Historiador (Docente, investigador y blogger)
Administrador del Blog "No al colegio de historiadores"

2 comentarios:

  1. Deynes Salinas Pérez16 de mayo de 2009, 10:45

    Me causa preocupación la segunda disposición transitoria del dictamen. Dice que la experiencia profesional previa a la ley se acreditará con el titulo. Eso es un abuso, me pregunto si ahora estaremos como el candidato a contralor Beteta, al que le anularon 10 años de experiencia por una clausula burocrática como esta.

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  2. Tres perlas más, Jorge.
    En el proyecto se ofrece una nota aclaratoria acerca del término "intrusismo". Se señala que debe entenderse como "autonomización". Esto significa que tiene que ver con un proceso de autonomía. Me imagino, porque a estas alturas solo queda adivinar, que se referían a la "autonominación" que guarda más coherencia con el termino. Ojala que la tía Martha H. no esté cerca por que los va a agarrar a zapatazos. Dos, en la justificacion mencionan a Mateo Paz Soldan y a Gregorio Paz Soldan y se olvidan de quien si debieron mencionar: Mariano Felipe Paz Soldan, el que si fue historiador de la familia, pues Mateo era geografo y Gregorio (correctamente Jose Gregorio) era jurista).
    Tres, llaman a la incorporacion de un miembro del "Centro de Altos Estudios Nacionales", el antiguo CAEM. ¿A santo de que? ¿Un miembro de una institucion castrense en el colegio? ¿Quien sigue? ¿Un miembro representativo de los colegios catolicos?

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